El
registro de los trabajadores al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una obligación legal que tiene
todo empresario, sin importar si sus
empresas son micro, pequeñas o medianas (mipymes), sin embargo, la realidad es que desafortunadamente todavía existe
un número considerable de empleadores que mal aconsejados o pensando el poder
ahorrarse algunos pesos, “simulan las relaciones
laborales mediante disfraces de honorarios asimilables a salarios, comisiones, etcétera,
cuando en realidad los empleados son sus subordinados”.
Entre las causas por las que el
patrón de una mipyme generalmente omite
el registro de sus trabajadores es que arguye que el costo de mantener afiliado a alguno de ellos, es alto, pues representa
entre un 25 al 27% adicional al salario y por ende “Le resulta oneroso tenerlo
registrado en el Seguro Social”.
Lo anterior, además del escaso
capital que poseen este tipo de compañías, es una de las causas por las que los
dueños en no pocas ocasiones “prefieren tener una contingencia en caso de un
accidente, inspección o demanda, que afiliar a todos sus empleados”.
Sin duda estos patrones olvidan
que la no afiliación de sus trabajadores,
el omitir esta obligación legal puede ocasionarles serias dificultades pues el IMSS, en
ejercicio de una facultad verificadora, quizás
audite al negocio y descubra que mediante simulaciones de contratos laborales se evita esta obligación. ¿La consecuencia?, es
que puede fincar capitales constitutivos, multas y recargos”. “Hemos
visto quebrar a pequeñas y medianas empresas con este tipo de sanciones por la
institución gubernamental”.
Sin embargo, el mayor riesgo, esta en los accidentes de trabajo, ya que ante una incapacidad o muerte del trabajador,
“el patrón tiene la obligación legal de cumplir con una serie de requisitos
derivados del accidente o muerte: indemnizaciones, prótesis, gastos
hospitalarios y médicos. El monto de esas obligaciones suele ser mucho
muy cuantioso, además de que de todas formas deberá
inscribirlo al Seguro Social y pagar las multas, actualizaciones y recargos
correspondientes”.
Por si ello fuera poco, la
demanda laboral está también en el horizonte de los patrones que incumplen con
sus obligaciones laborales, ya que los trabajadores pueden exigirle al patrón
su inscripción retroactiva al IMSS, y ello
deriva en laudos cuantiosos.
En síntesis, no deberíamos olvidar que el IMSS funciona
como un seguro en el sentido jurídico de la palabra, que se subroga, -hace
suya- la obligación del patrón, de manera que si este cumple con el pago de las
obligaciones, el seguro se hará cargos de los gastos médicos y pensión del
trabajador.
Finalmente, con relación al costo
beneficio de afiliar a los trabajadores al Seguro Social, también es conveniente tener presente los beneficios indirectos que se observan en que el empleado adquiere un
sentido de pertenencia, arraigo a la compañía, además de que al saber que la familia está asegurada, trae como consecuencia un mejor ambiente
laboral y una menor rotación del personal.
En suma, en una perspectiva de mediano plazo sin lugar
a duda, y por mas argumentos que se esgriman en contra, es más barato y
tranquilizante dar de alta a los empleados en el IMSS, que no hacerlo, pues los patrones y
los empleados están protegidos por la ley, y finalmente ambos viven con una
mayor certidumbre
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Maestro en Derecho Héctor Alfredo Ramírez Cárdenas
Director de Cursos en sitio
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