sábado, 15 de marzo de 2014

MUCHOS PATRONES PIENSAN QUE AL NO INSCRIBIR A SUS TRABAJADORES AL IMSS SE AHORRAN PESOS, Y ACABAN PAGANDO MILES.

    El registro de los trabajadores al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una obligación legal que tiene todo empresario,  sin importar si sus empresas son  micro, pequeñas o medianas  (mipymes), sin embargo,  la realidad es que desafortunadamente todavía existe un número considerable de empleadores que mal aconsejados o pensando el poder ahorrarse algunos pesos,  “simulan las relaciones laborales mediante disfraces de honorarios asimilables a salarios, comisiones, etcétera, cuando en realidad los empleados son sus subordinados”.
Entre las causas por las que el patrón de una mipyme generalmente  omite el registro de sus trabajadores es que arguye que el costo de mantener afiliado a alguno de ellos, es alto, pues representa entre un 25 al 27% adicional al salario y  por ende “Le resulta oneroso tenerlo registrado en el Seguro Social”.
Lo anterior, además del escaso capital que poseen este tipo de compañías, es una de las causas por las que los dueños en no pocas ocasiones “prefieren tener una contingencia en caso de un accidente, inspección o demanda, que afiliar a todos sus empleados”.
Sin duda estos patrones olvidan que  la no afiliación de sus trabajadores, el omitir esta obligación legal puede ocasionarles serias dificultades pues el IMSS, en ejercicio de una facultad verificadora,  quizás audite al negocio y descubra que mediante simulaciones de contratos laborales  se evita esta obligación. ¿La consecuencia?, es que puede fincar capitales constitutivos, multas y recargos”.  “Hemos visto quebrar a pequeñas y medianas empresas con este tipo de sanciones por la institución gubernamental”.
Sin embargo, el mayor riesgo, esta en los accidentes de trabajo, ya que ante una incapacidad o muerte del trabajador, “el patrón tiene la obligación legal de cumplir con una serie de requisitos derivados del accidente o muerte: indemnizaciones, prótesis, gastos hospitalarios y médicos. El monto de esas obligaciones suele ser mucho muy cuantioso, además de que de todas formas deberá inscribirlo al Seguro Social y pagar las multas, actualizaciones y recargos correspondientes”.
Por si ello fuera poco, la demanda laboral está también en el horizonte de los patrones que incumplen con sus obligaciones laborales, ya que los trabajadores pueden exigirle al patrón su inscripción retroactiva al IMSS, y ello deriva en  laudos cuantiosos.
En síntesis, no deberíamos  olvidar que el IMSS funciona como un seguro en el sentido jurídico de la palabra, que se subroga, -hace suya- la obligación del patrón, de manera que si este cumple con el pago de las obligaciones, el seguro se hará cargos de los gastos médicos y pensión del trabajador.
Finalmente, con relación al costo beneficio de afiliar a los trabajadores al Seguro Social,  también es conveniente  tener presente  los beneficios indirectos que se observan en que el empleado adquiere un sentido de pertenencia, arraigo a la compañía, además de que al saber que  la familia está asegurada,  trae como consecuencia un mejor ambiente laboral y una menor rotación del personal.
En suma, en una perspectiva de mediano plazo sin lugar a duda, y por mas argumentos que se esgriman en contra, es más barato y tranquilizante dar de alta a los empleados en el IMSS, que no hacerlo, pues los patrones y los empleados están protegidos por la ley, y finalmente ambos viven con una mayor certidumbre
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Maestro en Derecho Héctor Alfredo Ramírez Cárdenas
Director de Cursos en sitio

ramirezalfredo7@gmail.com
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